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MODELO DE CHECKLIST

25.3.10

PROPUESTA POR EL MANUAL DE TECNICA LEGISLATIVA DEL PROYECTO DIGESTO JURIDICO ARGENTINO
Director: profesor Antonio A. Martino

I. PARA LA CREACION DE LAS DISPOSICIONES NORMATIVAS.

1. El objetivo que se quiere alcanzar ¿necesariamente tiene que hacerse por ley (o por
decreto)?
2. Dado que legislar es modificar el sistema jurídico en vigor, que parte del mismo será
modificada. Establecer con precisión la categoría y el nombre de las disposiciones
que serán afectadas.
3. Adquirir todos los datos relativos a la necesidad, congruidad y eficacia de la
disposición que se pretende crear.
4. Individualizar con claridad los fines y los medios para obtenerlos al fin de preparar la
evaluación futura sobre cómo medir la eficacia de la disposición.
5. ¿Se prevén eventuales problemas aplicativos? Se deberían identificar.
6. Evaluar la coherencia de la disposición que se pretende introducir con las normas de
la disciplina que afecta, la Constitución y los Tratados internacionales.
7. Certeza, proporción y equidad frente a la ley ¿están salvaguardados?
8. Si el poder de crear la disposición llega por delegación, aclarar esta en sus mínimos
detalles con toda claridad.
9. ¿Se han tenido en cuenta las competencias de las Provincias y de las autonomías
locales?
10. Se debe hacer un análisis de costo-beneficio, con especial atención a los costos para
los ciudadanos, la Administración Pública, las empresas.
11. ¿Se ha evaluado la factibilidad administrativa?
12. ¿Se consultaron a las partes interesadas?
13. Los tiempos previstos ¿podrán ser respetados?
14. Los gastos que implique la nueva disposición ¿de dónde se van a obtener?
15. ¿Cómo se piensa divulgar la disposición para asegurar su eficacia?

II. PARA LA REDACCION DE LAS DISPOSICIONES NORMATIVAS.

16. ¿El texto es claro y explícitas las disposiciones?
17. ¿Se están respetando los criterios específicos de cada categoría legal para la
redacción?
18. ¿Se presentan al legislador (lata sensu) las alternativas posibles para que pueda
elegir en el caso que sea posible?
19. ¿O aún, elegir entre la nueva disposición y la que estaba vigente?
20. ¿Se respeta el orden lógico de las disposiciones?
21. ¿Se han respetado las reglas de partición interna?
22. El promedio de incisos, para cada artículo, ¿es suficientemente bajo?
23. Si la nueva ley introduce una nueva institución ¿esta es tratada en todos sus aspectos
fundamentales?
24. Lenguaje:
A: ¿En cada categoría las definiciones son compatibles? (no contradictorias)
B: Si es necesaria una ulterior especificación de significado respetar la categoría
precedente
C: La ley modificante ¿utiliza los mismos términos que la ley modificada?
D: Se respetan los criterios de paridad entre sexos en el lenguaje?
E: ¿Resultan claramente identificados los destinatarios de la norma?
F: Se practicaron normas de legibilidad como las de Flesch., Gunning Fog, etc.?
25 ¿Se han evitado los reenvíos a normas no identificables?
26 Una vez creada la nueva ley ¿su introducción en el cuadro normativo
preexistente produce un orden normativo orgánico?
27 ¿Se especifican con claridad las reglas principales y las excepciones?
28 ¿Se ha realizado la coordinación con la legislación vigente simplificando y
rebordeando las normas de la (o las) categorías afectadas conforme a la ley 24.697?

Bibliografía consultada

BICHACHI, Diana Susana: “El uso de las Listas de Chequeo (Checklisten) como
herramientas para controlar la calidad de la ley”, localizado a través del buscador “google”.

LEIVA FERNANDEZ, Luis F. P.: “Checklisten: una técnica contra la inflación
legislativa”, La Ley, T.1996-E, Sec. Doctrina.

MARTINO, Antonio A: “Manual de Técnica Legislativa-Proyecto Digesto Jurídico
Argentino- “Editado por el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal. Año 2001.